Introducción
Si está tratando de saber si debe presentar declaración de renta en Colombia durante 2026, no basta con mirar cuánto ganó en el año. Para el año gravable 2025 también deben revisarse el patrimonio, determinadas compras y consumos, los movimientos financieros y, en algunos casos, la responsabilidad frente al IVA. La DIAN informó que cerca de 7 millones de personas naturales deben presentar la declaración correspondiente al año gravable 2025. Los vencimientos ordinarios se distribuyen de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. Por eso, revisar la obligación y la fecha con anticipación puede evitar errores, sanciones y contratiempos. A continuación explicamos los principales topes, quiénes deben declarar, qué situaciones suelen generar confusión y qué conviene revisar antes de presentar la declaración.
¿Quién debe declarar renta en 2026 por el año gravable 2025?
Para las personas naturales residentes fiscales en Colombia, la DIAN señala varios criterios. No es necesario cumplirlos todos: basta con encontrarse en alguno de los supuestos establecidos. Entre los principales criterios se encuentran: • Patrimonio bruto: superior a 4.500 UVT al 31 de diciembre de 2025, equivalente a $224.096.000. • Ingresos brutos: iguales o superiores a 1.400 UVT durante 2025, equivalentes a $69.719.000. • Compras y consumos: superiores a 1.400 UVT. • Consumos con tarjetas de crédito: superiores a 1.400 UVT. • Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras: valor acumulado superior a 1.400 UVT. • Responsabilidad frente al IVA: haber sido responsable del impuesto sobre las ventas a 31 de diciembre de 2025. La UVT utilizada para estos cálculos es la correspondiente al año gravable 2025: $49.799.
Fuente: DIAN, Micrositio Declaración de Renta Personas Naturales 2025.
¿Cuánto es el tope para declarar renta en Colombia?
Una de las preguntas más frecuentes es: “¿Cuánto tengo que ganar para declarar?”. Para 2025, el umbral de ingresos es 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
Sin embargo, ese no es el único criterio. Una persona puede no haber alcanzado ese nivel de ingresos y aun así estar obligada a declarar si, por ejemplo, supera el límite de patrimonio o alguno de los umbrales relacionados con compras, consumos o movimientos financieros.
Ejemplo: una persona independiente tuvo ingresos por $60 millones durante 2025, pero sus consignaciones bancarias acumuladas superaron $69.719.000. No debería concluir automáticamente que está exonerada de declarar solo porque sus ingresos fueron inferiores al umbral; debe revisar la totalidad de las condiciones.
¿Las consignaciones bancarias cuentan para declarar renta?
Sí, las consignaciones, depósitos o inversiones financieras hacen parte de los criterios que la DIAN utiliza para determinar la obligación de declarar. El análisis debe hacerse sobre el valor acumulado durante 2025. Aquí aparece una confusión muy común: que una consignación sea considerada para determinar si existe obligación de declarar no significa automáticamente que todo el dinero consignado sea un ingreso gravado. Pueden existir préstamos, traslados entre cuentas propias, recursos recibidos para terceros u otras operaciones que requieren una adecuada identificación y soporte. Por eso, si los movimientos bancarios son elevados frente a los ingresos reportados, conviene revisar los extractos y soportes antes de elaborar la declaración.
Fechas de declaración de renta 2026
Los vencimientos ordinarios para personas naturales y sucesiones ilíquidas por el año gravable 2025 están programados entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT. La fecha exacta debe verificarse en el calendario vigente de la DIAN. No es recomendable copiar una fecha de un artículo antiguo, porque los calendarios tributarios cambian de un año a otro.
¿Existe un plazo especial para algunas personas afectadas por el terremoto de agosto de 2026?
Sí. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1226 de 2026, mediante el cual estableció un plazo especial para determinados contribuyentes afectados por el evento sísmico del 10 de agosto de 2026. La medida incluye contribuyentes que, a esa fecha, tuvieran su domicilio fiscal en municipios pertenecientes, entre otras, a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales.
La medida no significa que todas las personas de una ciudad o departamento tengan automáticamente un nuevo vencimiento. Deben revisarse las condiciones establecidas en la norma, incluido el domicilio fiscal a la fecha señalada y los dos últimos dígitos del NIT.
Errores frecuentes al preparar la declaración
1. Mirar únicamente el salario. La obligación puede depender también de patrimonio, compras, consumos y movimientos financieros.
2. Confundir consignaciones con ingresos. Son conceptos relacionados con el análisis tributario, pero no son necesariamente lo mismo.
3. Esperar hasta el último día. Una revisión anticipada permite detectar certificados o información faltante.
4. No comparar la información propia con la información reportada a la DIAN. Las diferencias pueden generar requerimientos o explicaciones posteriores.
5. Copiar la declaración del año anterior. Cada año debe analizarse con la información correspondiente al período gravable.
¿Qué documentos conviene reunir?
Antes de preparar la declaración, es conveniente organizar, entre otros, certificados de ingresos y retenciones, certificados bancarios, información de inversiones, documentos de inmuebles y vehículos, soportes de deudas y demás documentos que permitan comprobar la información incluida en la declaración. Para independientes y comerciantes, la revisión debe ser todavía más cuidadosa cuando existen cuentas bancarias utilizadas para operaciones personales y del negocio, pagos de terceros o múltiples fuentes de ingresos.
¿Necesito un contador para presentar la declaración?
Una persona natural puede presentar su declaración directamente ante la DIAN si cuenta con los conocimientos y la información necesarios. Sin embargo, recibir asesoría puede ser conveniente cuando existen varias fuentes de ingresos, patrimonio significativo, movimientos bancarios elevados, inversiones, inmuebles, actividad independiente o dudas sobre beneficios, deducciones y obligaciones. El valor de una asesoría contable no consiste solamente en diligenciar un formulario. Una revisión adecuada busca que la información utilizada sea coherente, esté soportada y corresponda a la situación real del contribuyente.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el mínimo de ingresos para declarar renta en 2026? Para el año gravable 2025, el criterio de ingresos brutos es de 1.400 UVT, equivalentes a $69.719.000. También deben revisarse los demás criterios de obligación. ¿Si soy independiente debo declarar renta? Ser independiente no obliga por sí solo a declarar. Deben revisarse los topes y demás condiciones establecidos para el año gravable. ¿Si tengo una casa debo declarar? Tener una propiedad no significa automáticamente que deba declarar. Se debe revisar el patrimonio bruto total al 31 de diciembre de 2025 y los demás criterios. ¿Si recibí muchas consignaciones tengo que declarar? Si el acumulado de consignaciones, depósitos o inversiones financieras superó 1.400 UVT en 2025, se configura uno de los criterios de obligación señalados por la DIAN. ¿Qué pasa si no presento la declaración a tiempo? El incumplimiento puede generar sanciones e intereses cuando haya lugar. Si la fecha ya pasó, conviene revisar la situación tributaria cuanto antes en lugar de dejarla pendiente.
Conclusión
Determinar si una persona debe declarar renta no consiste simplemente en preguntar cuánto ganó durante el año. Para el año gravable 2025 es necesario revisar ingresos, patrimonio, compras, consumos, movimientos financieros y otras condiciones aplicables. Además, durante 2026 existen reglas y plazos específicos que deben consultarse en las fuentes oficiales. Una revisión anticipada permite identificar información faltante, inconsistencias y posibles riesgos antes de presentar la declaración.

